Revolution OS
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las Guías de Software Libre de Debian,
escritas originalmente por Bruce Perens.

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Yo escribí el documento original, y lo discutí
durante un mes con desarrolladores de Debian.

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Debian es una distribución de Linux,
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y ese documento se convirtió en su política
de proyecto. Eric y yo decidimos etiquetar

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lo que habíamos escrito para Debian como
la Definición Open Source, y así dijimos:

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"Open Source es el software que
te da una lista de nueve derechos,

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como se explica en la
Definición Open Source".

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El primer derecho es la Libre Redistribución.
Esto no significa distribución gratuita,

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sino libre. Debes ser libre
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para poder distribuir tu
software a otros. De hecho,

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ningún precio es un efecto colateral.
Puedes cobrar por la redistribución o no.

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Debes proporcionar el código fuente,
para que otro pueda mantener el programa;

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si pasas de un PC a un Mac, por ejemplo,
puedes cambiar el software.

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Deben permitirse los trabajos derivados;
si alguien tiene que mejorar tu software

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debe poder distribuir el resultado.
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Una de las disposiciones establece la
Integridad del Código Fuente del autor

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que debe poder mantener su honor,
y que si realizas algún cambio,

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deberás cambiar el nombre del programa
o marcar tu cambio muy claramente,

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para que ese cambio no
se refleje en el autor.

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No debe existir discriminación
contra personas o grupos.

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El ejemplo que uso habitualmente
es que no puedes impedir

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que una clínica que practique abortos,
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o un activista anti-abortista
use el software.

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No debe haber discriminación
entre ámbitos de trabajo;

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esto significa que el software debe
poder usarse tanto en una empresa

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como en una escuela.
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La licencia debe ser distribuible;
en otras palabras,

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debo poder proporcionar la licencia
a alguien y que esa licencia


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